Foto de Internet. Efrén Mata y Alejandro Hermosillo.
Guadalajara, Jalisco (21 de julio 2025). Por emplear en Ayuntamiento de Guadalajara a su primo Efrén Alejandro Mata González, el actual subsecretario Héctor Alejandro Hermosillo González enfrentó en 2020 cargos por presunto nepotismo y, otra vez, los dos parientes están trabajando juntos ahora en la Secretaría del Sistema de Asistencia Social (SSAS).
La nómina del Gobierno de Jalisco muestra que Hermosillo González asumió como subsecretario para el Desarrollo y Vinculación de Organizaciones de la Sociedad Civil en la SSAS desde diciembre de 2023, donde percibe 107 mil 669 pesos brutos mensuales.
Su primo Mata González fue contratado en la misma Secretaría en diciembre de 2024 como coordinador especializado adscrito a la Dirección de Vinculación Regional, cobrando al mes 39 mil 92 pesos brutos.
El 26 de agosto de 2020 se dio a conocer en una publicación del Diario Mural firmada por Martín Aquino, que incurriendo en presunto nepotismo el entonces gerente municipal de Guadalajara, Hermosillo González, contrató en su oficina a su pariente Mata González.
Por esa acción cometida por el ahora subsecretario de la Secretaría del Sistema de Asistencia Social que encabeza Priscilla Franco Barba, el 27 de octubre de 2020 se expuso que la Contraloría Ciudadana del Ayuntamiento de Guadalajara resolvió que Hermosillo González cometió presunto nepotismo, y su caso tendría que ser resuelto por el Tribunal de Justicia Administrativa; sin embargo, no se informó del fallo sobre este caso.

evento de Gobierno de Jalisco el 9 de junio.
De acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas el nepotismo es una falta grave, y el servidor público que la cometa puede ser sancionado con suspensión del empleo o destitución, sanción económica, inhabilitación temporal de 30 a 90 días naturales, y hasta inhabilitación de uno a 20 años para ejercer cargos públicos.
La misma ley indica en el artículo 63 Bis que comete nepotismo el servidor público que, valiéndose de las atribuciones o facultades de su empleo, cargo o comisión, directa o indirectamente, designe, nombre o intervenga para que se contrate como personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios en el ente público donde labora, a personas con las que tenga parentesco por consanguinidad hasta cuarto grado, lo que incluye a primos.



















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