Propone Lemus cárcel por obstaculizar operativos policiales
Guadalajara, Jalisco (11 octubre 2026). El Gobernador de Jalisco, Pablo Lemus, pretende que en el Estado se impongan hasta nueve años de prisión a las personas que obstaculicen operativos policiales mediante violencia, amenaza, intimidación, daño a bienes o bloqueos.
El 4 de septiembre de este año el Mandatario envió al Congreso de Jalisco una iniciativa que fue registrada con el número Infolej 3571, en la que plantea reformas al Código Penal estatal para contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social.
La propuesta de Lemus indica que se impondrían de seis a nueve años de cárcel y multa de 400 a 600 Unidades de Medida y Actualización, de 46 mil 924 a 70 mil 386 pesos, a quien obstaculice el desplazamiento de personal o vehículos de seguridad pública o de procuración de justicia.
La obstaculización del desplazamiento de oficiales que se tipificaría incluye su ejecución mediante violencia, amenaza, intimidación, daño a bienes o colocación de objetos para bloquear la circulación.
La misma pena aplicaría contra quien vigile, siga o monitoree de manera sistemática a servidores públicos, vehículos o instalaciones de seguridad o procuración de justicia, y contra quienes proporcionen a terceros datos sobre su ubicación, desplazamiento, rutas, acciones u operativos.
También a quien obtenga, cope, extraiga, reproduzca, revele, transmita, altere o entregue a terceros, sin autorización, información, documentos, imágenes, registros, bases de datos, comunicaciones o datos operativos no destinados a divulgación pública de instituciones de seguridad o procuración de justicia.
Así como a quien acceda sin autorización, altere, transmita, inutilice, destruya, bloquee o interfiera sistemas institucionales de comunicación, videovigilancia, geolocalización, monitoreo o transmisión de datos destinados a funciones de seguridad, procuración de justicia, atención de emergencias o detenciones.
La iniciativa del Gobernador refiere que el delito de obstaculización de la acción de la justicia no se configurará por la sola grabación, fotografía u observación de actuaciones de servidores públicos o elementos operativos.
Tampoco por la sola obtención, registro, documentación, difusión o comentario de información de interés público, realizados en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y de prensa, acceso a la información, investigación académica, defensa de derechos humanos, reunión o manifestación pacífica.
La propuesta enviada por el Mandatario estatal al Congreso aún debe ser analizada en Comisiones legislativas, dictaminar su viabilidad y, después, votada en el Pleno.