De activista a ‘dobletero’ de Gobierno de Jalisco y Congreso
Guadalajara, Jalisco (10 de noviembre 2025). Se ostentaba como activista en la búsqueda de personas tras sufrir la desaparición de un hijo y, ahora, Héctor Rodolfo Flores González es un servidor público “dobletero”: cobra más de 68 mil pesos al mes en Gobierno de Pablo Lemus y Congreso de Jalisco.
En mayo de 2021, Flores González enfrentó la pérdida de su vástago de 19 años, Héctor Daniel Flores Fernández, quien fue desaparecido por elementos de la Fiscalía de Jalisco, según resolvió en junio de este 2025 el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito.
Alte la desaparición de su hijo, Flores González se convirtió en cofundador del colectivo “Luz de Esperanza”, dedicado a la búsqueda de personas; desde entonces, sobresalió por su activismo.
Sin embargo, de acuerdo con reportes de nómina del Congreso del Estado disponibles en Transparencia, desde noviembre de 2024 al inicio de la actual Legislatura 64, el activista comenzó a laborar como asesor del diputado del Partido del Trabajo (PT), Leonardo Almaguer Castañeda.
En el Legislativo, Flores González tiene cargo de asesor legislativo del petista Almaguer Castañeda, percibiendo mensualmente 25 mil 140 pesos brutos.
Sin dejar de cobrar en el Congreso, indican datos de Transparencia, el activista comenzó a laborar en la Administración del Gobernador emecista, Lemus, a partir de mayo de 2025; convirtiéndose así, en un servidor público “dobletero”.
En el Gobierno de Jalisco, Flores González se desempeña como empleado de confianza bajo contrato, está adscrito a la Secretaría de Administración que encabeza Rafael Orendain Parra, y percibe 43 mil 156 pesos brutos al mes.
Por los dos trabajaos que tiene en el servicio público, en el Congreso y Ejecutivo estatal, Flores González cobra la suma de 68 mil 296 pesos brutos mensuales.
Los asesores legislativos en el Congreso, cargo que tiene el activista, no tienen horario definido; aunque, generalmente laboran de 8:00 a 15:00 horas. Flores González fue visto el 6 de noviembre por la mañana en el Primer Informe de Gobierno de Lemus en el Instituto Cultural Cabañas.
La Ley de Incompatibilidades para los Servidores Públicos del Estado, reglamentaria del artículo 112 de la Constitución local, indica que existe incompatibilidad horaria cuando un empleado público desempeña una actividad y desarrolla, al mismo tiempo, otro cargo remunerado que coincida en tiempo.
Como sanción a esa incompatibilidad, el empleado público debe rembolsar el sueldo de menor cuantía.